Excedencia de trabajo
En determinadas situaciones laborales puede darse una suspensión temporal del contrato de trabajo y del salario, que no quiere decir en ningún caso la pérdida del empleo y tampoco de las relaciones profesionales con la empresa en cuestión. Existen diferentes tipos de excedencias en función de la situación y del caso particular de cada trabajador y negocio.

Te recomiendo que sigas con nosotros para conocer mejor los diferentes tipos y características de las suspensiones profesionales que existen, ya que es una cuestión muy importante que todos debemos conocer con el fin de evitar equivocaciones inncesarias.

-Voluntaria: la puede solicitar cualquier trabajador con al menos un año de antigüedad. No es necesario presentar ninguna razón para solicitarla y la empresa tiene la obligación de concederla, siempre y cuando no se haya disfrutado de otra excedencia en los cuatro años anteriores a la nueva presentada.

Si estás pensando en acogerte a esta excedencia debes saber que en el caso de la voluntaria no tienes derecho a reservar tu puesto de trabajo, ya que lo único que tienes es una preferencia sobre otros candidatos si quieres volver a la empresa en un puesto con unas características similares al que tenías anteriormente.

-Por motivos familiares: el cuidado de un hijo o de un niño adoptado es un derecho que tienen todos los trabajadores. La excedencia tiene una duración de tres años y la empresa debe guardar el puesto de trabajo al empleado que se ha visto obligado a solicitarla.

-La forzosa: en este caso el trabajador es elegido para un cargo público o bien para funciones sindicales a nivel provincial o superior. En esta excedencia la antigüedad en la empresa se sigue computando y la empresa está obligada a guardar el puesto de trabajo al empleado.