
Cuando nos presentamos a una oposición no siempre tenemos la suerte de aprobarla, ya que las plazas son limitadas y los candidatos a ocuparlas suelen superarlos en ratios de hasta cuatro personas por puesto.
Sin embargo, en toda convocatoria de oposiciones se abre una lista de funcionarios interinos, que suele estar formada por los aspirantes que hayan aprobado el primero o el segundo examen y hayan logrado una nota determinada. Estar en una de esta lista de interinos nos puede llevar, aunque no hayamos aprobado el examen, a ocupar de forma temporal la plaza a la que hemos optado, por lo que es una oportunidad laboral adicional con la que deben contar los opositores.
Los funcionarios interinos son, al igual que los funcionarios de carrera, personal al servicio de las administraciones públicas que son contratados cuando existe alguna de las siguientes circunstancias:
- Que existan plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.
- Cuando sea necesario sustituir a los titulares de la plaza.
- Para realizar actividades de carácter temporal.
- Para hacer frente a un exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.
Con todos aquellos que hayan sido seleccionados como funcionarios interinos se conforma una lista ordenada según la puntuación obtenida en el examen. Cuando sea necesario o existan vacantes disponibles, la Administración irá llamando a los integrantes de la lista para ofrecerles los puestos libres. Cuando dejen su puesto porque se incorporar el titular de la plaza o haya desaparecido la carga de trabajo extra, los funcionarios interinos cesados se incorporarán a su puesto originario en la lista a la que pertenezcan, excepto en el caso de que dicha lista haya caducado o que el funcionario interino haya sido excluido de la misma por alguna causa.































































